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Animales vivos: certificado de competencia y libro de ruta

Normativa · UE · Reglamento (CE) 1/2005 · revisada el 17 oct 2026 Ficha de referencia

El Reglamento (CE) 1/2005 protege a los animales durante el transporte. No distingue por tonelaje: se aplica a cualquier vehículo que mueva vertebrados vivos con fines económicos, sea cual sea la distancia.

Cuándo se considera viaje largo

Cuando dura más de ocho horas desde el momento en que se carga el primer animal de la partida. Esa definición activa las exigencias más duras: certificado de aprobación del vehículo, libro de ruta y controles reforzados.

Autorización y vehículo

Nadie puede operar como transportista sin autorización de la autoridad competente, y debe llevar una copia a disposición de los controles. Para viajes largos, el medio de transporte necesita un certificado de aprobación con número único, válido como máximo cinco años desde su expedición; deja de valer si se modifica el vehículo de forma que afecte al bienestar animal.

El certificado de competencia del conductor

Los conductores y cuidadores de vehículos de carretera que transporten équidos domésticos (salvo los no desbravados), bovino, ovino, caprino, porcino o aves de corral deben tener el certificado de competencia del artículo 17. Se expide conforme al anexo IV, con el modelo del anexo III, y puede limitarse a determinadas especies. Hay una excepción clara: los transportes de hasta 65 kilómetros entre salida y destino.

El libro de ruta

En los viajes largos entre Estados miembros y con origen o destino en terceros países, el organizador prepara el cuaderno de a bordo u hoja de ruta. Tiene cinco secciones: planificación, lugar de salida, lugar de destino, declaración del transportista y parte de incidencias. La sección 1 se envía a la autoridad del lugar de salida al menos dos días hábiles antes del viaje, el cuaderno acompaña a los animales y el titular del destino lo conserva, salvo la sección 4, durante al menos tres años.

Qué se pide en un control

Qué hago yo

  1. Comprueba si el trayecto supera las ocho horas: cambia el régimen documental.
  2. Revisa que el certificado de competencia del conductor cubre la especie cargada.
  3. Si el trayecto no llega a 65 kilómetros, aplica la excepción, pero no la generalices.
  4. Envía la sección 1 del libro de ruta con dos días hábiles de margen.
  5. Entrega el cuaderno en destino y guarda copia tres años.

Ver el texto legal en el BOE ↗

Ficha de referencia elaborada por DecaFile a partir de la norma citada. Es orientativa y no sustituye al BOE ni a la resolución del expediente.

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