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Cabotage.eu: el DeCA electrónico para los transportistas extranjeros que hacen cabotaje en España
El DeCA electrónico es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026 para cualquier porte público de mercancías por carretera en España, y eso incluye los servicios de cabotaje que ejecutan empresas de otros países comunitarios. El chófer debe poder enseñar en el móvil un documento con URL propia y código QR si le para la inspección. No hay margen de adaptación: circular sin el documento, o con datos erróneos, cuesta entre 401 y 600 euros por infracción, en aplicación de la Ley 9/2025 y de la Resolución de la DGTCF de 5 de junio de 2026. Faltaba saber si una sociedad extranjera puede rellenarlo con un número fiscal de su país. La Subdirección General de Inspección de la DGTCF respondió por escrito en octubre de 2026 que se consigna el número fiscal del país donde está la empresa, sin formato concreto. El límite de cabotaje no cambia: tres operaciones en los siete días posteriores a la descarga internacional y luego cuatro días de espera, según el Reglamento (CE) 1072/2009.
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