Tacógrafo: tarjeta, 28 días, calibración y multas por manipularlo
El tacógrafo registra las horas de conducción, el trabajo, la disponibilidad y el descanso. No es un accesorio del camión: es la prueba documental que se mira en carretera y en la inspección de la empresa. En España se aplica el Reglamento (UE) 165/2014, que regula el aparato y las tarjetas, y el Reglamento (CE) 561/2006, que fija los tiempos.
A qué vehículos afecta
A los camiones de más de 3,5 toneladas de masa máxima y a los autobuses de más de nueve plazas, incluidos los del transporte internacional. Los vehículos matriculados nuevos llevan tacógrafo digital desde 2006; la Orden FOM/1190/2005 regula la implantación y las tarjetas en España.
La tarjeta del conductor
Es personal e intransferible, se expide por cinco años y solo sirve para el titular. Se inserta al empezar el turno y no se retira hasta que termina la jornada, salvo para introducir el símbolo del país al cruzar una frontera o para el transbordo en un ferry. Usar la tarjeta de otro conductor, o una que ya no vale porque se expidió un duplicado, es infracción.
Qué se guarda y cuánto tiempo
- La tarjeta guarda al menos los últimos 28 días de actividad.
- El aparato conserva 365 días de datos de actividad.
- La empresa tiene que conservar los registros un año y tenerlos a disposición de la inspección (artículo 33.2 del Reglamento 165/2014).
Calibración y taller
El tacógrafo se calibra en un taller autorizado cada dos años, y también después de una reparación o de un cambio de neumáticos que altere la constante. Lleva precintos y placa de instalación: si faltan o el taller no está autorizado, el aparato no vale.
Los tiempos que no se negocian
- Conducción diaria: 9 horas, ampliables a 10 dos veces por semana.
- Semanal: 56 horas; en dos semanas seguidas, 90.
- Pausa: 45 minutos después de 4 horas y media, o dos tramos de 15 y 30 minutos.
- Descanso diario: 11 horas, reducible a 9 tres veces entre dos descansos semanales.
- Descanso semanal: 45 horas, reducible a 24 con compensación.
Multas
- Manipularlo (artículo 140.10 de la LOTT): 4.001 a 6.000 euros.
- No llevarlo, no usarlo o llevar uno no homologado (140.20): 2.001 a 4.000 euros.
- No llevar insertada la tarjeta o llevar la de otro (141.22): 401 a 600 euros.
Qué hago yo
- Comprueba que la tarjeta está insertada antes de mover el camión y que el aparato marca la hora correcta.
- Haz las entradas manuales al empezar: país de inicio, país de fin y ferry si toca.
- Descarga los datos cada 28 días como máximo y guarda el fichero en la empresa.
- Apunta la fecha de la última calibración y no dejes pasar los dos años.
- Si el aparato da un fallo, anótalo por escrito y ve al taller autorizado: el papel del taller es tu defensa.
- No aceptes que nadie toque el selector ni los precintos para «cuadrar» la jornada.
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Ficha de referencia elaborada por DecaFile a partir de la norma citada. Es orientativa y no sustituye al BOE ni a la resolución del expediente.